El pasado 29 de junio de 2023 se publicaba el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
En ese Real Decreto Ley hay un apartado dedicado a las ayudas a particulares para la compra de vehículos eléctricos.
En esta entrada de blog te contamos resumidamente las mas importantes:
- Se podrá aplicar tanto para la compra de coches como de motocicletas y cuadriciclos eléctricos
- Siempre que estos vehículos sean adquiridos por particulares hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Incluye una 2ª Deducción cuando se abone una cantidad a cuenta que represente, al menos, el 25% del valor del vehículo adquirido.
- La base de la deducción no podrá exceder de 20.000 €
- Los vehículos no podrán estar relacionados con una actividad económica, es decir, el vehículo no podrá estar adscrito ni a una actividad profesional ni empresarial.
Es importante resaltar que en el Real Decreto también se contemplan la posibilidad de deducciones para la instalación de Puntos de Recarga.
Nosotros, desde iGEX, también asesoramos en estas cuestiones para ver a que obliga exactamente la ley en función de si estamos hablando de una empresa o de un centro comercial
Te dejamos enlace a un vídeo resumen que hemos preparado, con las principales medidas de ayuda a la adquisición de vehículos eléctricos, recogidas en el RD 5/2023, de 28 de junio, pincha AQUÍ
Si estas interesad@
ᴘʀᴇɢᴜ́ɴᴛᴀɴᴏs
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